No
cabe duda de que en los espacios comunitarios, se generan los escenarios
adecuados para reflexionar sobre las necesidades reales de un determinado grupo
social, así como las oportunidades y/o amenazas con las que se cuenta y se
deben superar para enfrentar las desigualdades sociales, siguiendo un modelo de
gestión participativa, constituyéndose en una especie de nivel superior donde
se operacionaliza y organiza los componentes de la política pública en pleno,
con el fin de solucionar problemas que afectan a la comunidad.
A
propósito de este planteamiento existen autores como Romero y Muñoz (2014)
quienes señalan que el concepto comunidad proviene del latín comunitas, relativo a cualidad de lo
común que alude a “lo que no es privativo de uno solo, sino que pertenece o se
extiende a varios” (p. 80); por lo que existen múltiples enfoques para tratar
de definirla, ratificando con ello su naturaleza trans-disciplinar.
Al
respecto, la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV, 1999),
así como los diversos marcos normativos derivados de sus preceptos proponen,
sin lugar a dudas, un nuevo modelo de gestión para el ejercicio de la función
pública y, por supuesto, una nueva manera de pensar y hacer políticas públicas,
aperturando con ello, nuevos espacios, formas y medios de participación popular
en las decisiones públicas de carácter colectivo, que ocupan aproximadamente
130 artículos de nuestra carta magna.
En
concordancia con lo anteriormente planteado tenemos que según Pinho (2016) la
gerencia comunitaria es un nuevo enfoque administrativo que se desprende de la
gerencia social, a partir de la necesidad de involucrar a la comunidad como
actores sociales y agentes de cambio en los procesos de toma de decisiones,
planificación de intervenciones y acciones planificadas que apuntan a la
transformación social, lo cual indiscutiblemente alude al empoderamiento de los
miembros de las comunidades de los procesos gerenciales para hacer de esta una
praxis eficaz, efectiva, eficiente y, sobre todo, sostenible (p.19).
Por lo
que citando a Bernal (2004) refiere que tal proceso puede lograrse mediante la
integración de sus miembros tras aglutinar intereses colectivos (p.4); por lo
que de conformidad con lo planteado por Pérez (2012) la gerencia comunitaria se
refiere a un tipo de direccionalidad que apunte a la coordinación amplia y
transparente en el manejo de los recursos, promoviendo la autogestión, desde el
enfoque estratégico desde la propia comunidad (p.69).
Por
su parte Romero y Muñoz (2014) afirman que a pesar de las transformaciones que
ha sufrido la sociedad a lo largo de la historia, el elemento comunitario
pervive en los grupos sociales como mecanismo de cohesión, a partir de los
principios de solidaridad en la relaciones interpersonales, así como en la manifestación
del sentimiento de localidad, entendida como unidad básica que indistintamente
puede estar asociada a la idea de cuadra, barrio, vereda, urbanización, poblado,
entre otros; la cual suele basarse en relaciones de proximidad o familiaridad,
dando pie al concepto de vecino y/o vecindad.
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